Aprueban en Brasil un proyecto de ley que fortalece la represión contra operadores de apuestas ilegales

Cámara de Diputados de Brasil
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La Comisión de Finanzas y Tributación (CFT) de la Cámara de Diputados de Brasil aprobó el el proyecto de ley n.º 4.044/2025. La propuesta prevé la creación del Marco Legal de Combate al Mercado Ilegal de Juegos y Apuestas y la modificación de la Ley n.º 14.790/2023, que regula el sector de apuestas en Brasil, para fortalecer la represión financiera contra operadores de apuestas ilegales.

El PL n.º 4.044/2025 fue presentado por los diputados federales Paulo Litro, Raimundo Santos y Merlong Solano en agosto de 2025. La diputada Laura Carneiro fue designada como relatora en la CFT.

Senado Federal de Brasil (Créditos: rafaelnlins / Shutterstock.com)

Principales puntos del proyecto de ley n.º 4.044/2025 de Brasil

Si bien Brasil ya realizó esfuerzos este año para ampliar el combate al mercado ilegal de apuestas —ya sea a través de la Ley n.º 15.358/2026, también conocida como Ley Raul Jungmann, o de la resolución n.º 569/2026 del Banco Central de Brasil (BCB)—, el PL n.º 4.044/2025 propone un abordaje más amplio por parte de las instituciones brasileñas.

A continuación, los principales puntos incluidos en el texto del PL n.º 4.044/2025:

  • Crear un marco legal específico contra el mercado ilegal de juegos y apuestas, con instrumentos financieros, administrativos, tecnológicos y penales para combatir operadores no autorizados.
  • Definir “operador de apuestas no autorizado” como toda persona física o jurídica que explote, directa o indirectamente, juegos o apuestas sin autorización de la autoridad competente.
  • Obligar a instituciones financieras y de pago autorizadas por el Banco Central a adoptar procedimientos reforzados de diligencia para impedir operaciones con operadores ilegales.
  • Exigir reportes mensuales de cumplimiento por parte de instituciones financieras y de pago, con información agregada sobre cuentas vinculadas a apuestas, volumen de transacciones, controles internos y bloqueos o rechazos por irregularidades.
  • Integrar bancos e instituciones de pago a sistemas de intercambio de indicios de fraude electrónico, permitiendo la comunicación y consulta de datos sobre posibles operadores no autorizados.
  • Determinar que el Ministerio de Hacienda mantenga una base pública y actualizada de operadores de apuestas no autorizados, para cruzar información con sistemas antifraude.
  • Crear mecanismos específicos en Pix para prevenir el uso de la infraestructura por parte de operadores ilegales, incluyendo:
    • modalidad de transacción exclusiva para apuestas vinculada a operadores autorizados;
    • filtros automatizados por CNAE y claves Pix;
    • integración con directorios de riesgo y autoexclusión;
    • marcaciones visuales en extractos de transacciones con operadoras.
  • Prohibir alianzas operativas, tecnológicas o comerciales entre instituciones financieras/de pago y operadores no autorizados, incluyendo modelos de BaaS, subadquirencia, gateways e infraestructura tecnológica para pagos vinculados a apuestas.
  • Crear el Índice de Cumplimiento Regulatorio en Apuestas (ICRA), para evaluar el grado de adhesión de instituciones financieras y de pago a las normas de prevención contra transacciones con operadores ilegales.
  • Establecer sanciones administrativas para instituciones financieras y de pago que incumplan las normas, incluyendo multas de hasta 20 millones de reales, suspensión temporal de la oferta de cuentas o instrumentos financieros a operadores de apuestas y prohibición del uso de medios como Pix y TED en casos graves o reincidentes.
  • Darle a Anatel un rol central en el bloqueo de sitios ilegales, en articulación con el Ministerio de Hacienda, incluyendo coordinación con proveedores de internet y de infraestructura digital.
  • Establecer medidas técnicas de bloqueo, como bloqueo por DNS, IP, SNI y detección de sitios espejo.
  • Crear un protocolo integrado de intercambio de información entre el Ministerio de Hacienda, el Banco Central y Anatel, con posibilidad de cooperación con el Coaf para reforzar acciones de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo (PLD/FTP).
  • Instituir reportes trimestrales consolidados sobre resultados, métricas de canalización del mercado legal y recomendaciones para perfeccionar la normativa.
  • Crear un canal público oficial de denuncias sobre explotación ilegal de juegos, apuestas o servicios lotéricos, incluso con posibilidad de denuncias anónimas.
  • Modificar la Ley n.º 14.790/2023 para permitir que el Ministerio de Hacienda exija sistemas de geolocalización capaces de impedir el acceso de usuarios fuera del territorio nacional o provenientes de VPNs.
  • Obligar a proveedores de conexión y aplicaciones de internet a mantener un canal exclusivo y permanente de comunicación con el regulador para recibir y tramitar determinaciones relacionadas con el bloqueo de sitios y aplicaciones.
  • Ampliar el listado de infracciones administrativas en la Ley n.º 14.790/2023, incluyendo publicidad de operadores no autorizados y suministro de juegos, aplicaciones, productos, infraestructura tecnológica, medios de pago o servicios que faciliten la explotación ilegal.
  • Crear delitos específicos en la Ley n.º 14.790/2023, con penas de prisión y multas para:
    • operar o facilitar apuestas de cuota fija sin autorización;
    • financiar, divulgar o estructurar una operación ilegal;
    • facilitar transferencias de valores entre apostadores y operadores no autorizados;
    • divulgar publicidad de apuestas en desacuerdo con las normas legales;
    • obstruir o dificultar acciones de bloqueo de recursos, dominios, aplicaciones o plataformas.
  • Establecer agravantes penales para casos de actuación reiterada, estructura empresarial, uso de tecnologías de anonimato, operadores radicados en el exterior, publicidad dirigida a niños y adolescentes y participación de influencers digitales.
  • Modificar la Ley n.º 13.506/2017 para incluir como infracción permitir o procesar transacciones destinadas a apuestas de cuota fija con personas jurídicas sin autorización.

Con la aprobación en la CFT, el PL n.º 4.044/2025 pasará ahora a análisis y votación en la Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía (CCJ) de la Cámara de Diputados.