Kambi puede operar en Río de Janeiro sin someterse a la legislación estatal de apuestas

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El Tribunal Federal de Río de Janeiro concedió un amparo a Kambi, proveedor de apuestas deportivas, permitiéndole estar activo en el mercado sin tener que someterse a la legislación del decreto estatal Nº 48.806, publicado en noviembre de 2023.

La decisión fue tomada por el 27º Juzgado Federal de Río de Janeiro, dictada en auto de mandamus de Kambi, y tiene validez hasta que se juzgue el fondo de la acción.

Kambi apeló ante el Poder Judicial luego de que la Lotería del Estado de Río de Janeiro (Loterj) interpusiera un procedimiento administrativo contra la empresa, alegando que, según la Constitución de la República, sólo la Unión Federal puede “legislar sobre sistemas de consorcio y sorteo”.

Además, Loterj tiene prohibido realizar cualquier acto en el proceso administrativo, según decisión de la jueza federal Geraldine Pinto Vital de Castro, hasta nueva deliberación del tribunal. El juez también destacó que la Ley Nº 14.790/2023 es responsable de regular las actividades de apuestas en Brasil.

El juez recordó que, en mayo de este año, la Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda estableció, a través de una ordenanza, un período de ajuste para las empresas de apuestas hasta el 31 de diciembre. A partir del 1 de enero de 2025, sólo las marcas autorizadas podrán operar legalmente en el mercado brasileño de apuestas.

Más allá de Kambi, los conflictos de Loterj

Días atrás, Loterj anunció que apelará la decisión del juez Pablo Zúñiga Dourado, de la Sala 11 del Tribunal Regional Federal 1 (TRF1), que levantó el bloqueo a los sitios de apuestas que operaban sin licencia de la autoridad en el estado brasileño.

Para Loterj, los plazos de adaptación para las empresas de apuestas previstos por la ley no equivalen a “una licencia para explotación ilegítima del mercado”.

En una nota, la autoridad afirmó que “el argumento de que la operación de los servicios de lotería se puede realizar de forma clandestina” es inconstitucional hasta tanto se complete la regulación federal.

Por otro lado, el regulador estatal considera que la soberanía de los estados debe ser preservada y cumplida si existe una regulación propia, como es el caso de Río de Janeiro.