La Defensoría brasileña busca bloquear fuera de Río de Janeiro las operaciones de apuestas autorizadas por Loterj

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La Defensoría General de la República (AGU) de Brasil presentó una acción civil ante el Supremo Tribunal Federal (STF) para prohibir la operación de empresas de apuestas autorizadas por la Lotería del Estado de Río de Janeiro (Loterj) fuera del estado de Río de Janeiro. La acción también solicita el otorgamiento de un amparo para impedir de inmediato la exploración de la actividad a nivel nacional.

Para la AGU, las normas de acreditación de Loterj no restringen las actividades de las empresas autorizadas en el estado de Río de Janeiro. Además, la institución federal afirmó que la agencia no cuenta con reglas estrictas en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento de acciones terroristas.

La AGU informó que Loterj cuenta con un sistema que permite a los usuarios declarar que están apostando a nivel estatal. Sin embargo, no existe ninguna función de geolocalización que garantice que las apuestas se realicen realmente en Río de Janeiro. Si las apuestas provienen de otra región, este sistema de Loterj no las bloquea.

Según la acción, la entidad carioca acredita empresas de apuestas para que puedan operar en todo el territorio brasileño, perjudicando directamente el pacto federativo y la libre competencia, además de ir en contra de las normas del Ministerio de Hacienda e invadir la competencia de la Unión.

Como ejemplo, la AGU citó, en la demanda, que Loterias do Estado do Paraná (Lottopar) y la Loteria Estadual do Maranhão (Lotema) exigen el uso de mecanismos de geolocalización, garantizando que las actividades de las empresas autorizadas se limiten a los respectivos estado de autarquía.

En la acción, AGU solicitó una orden judicial para suspender las disposiciones del aviso de acreditación de Loterj que permiten la exploración de actividades de apuestas en línea fuera de Río de Janeiro y el cese inmediato de la exploración de actividades de apuestas en línea más allá de los límites de las empresas ya acreditadas por la autoridad, requiriendo también el uso de herramientas de geolocalización.

La Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda emitió una nota técnica, adjunta al proceso, señalando que el desempeño nacional de las empresas acreditadas por Loterj fomenta la competencia predatoria entre entidades federativas: “En efecto, si este parámetro de territorialidad de Río de Janeiro fueran consideradas válidas en todo Brasil, los estados competirían para atraer operadores de apuestas de cuota fija a sus jurisdicciones y se verían inducidos a precarizar sus estándares regulatorios y deteriorar progresivamente su institucionalidad jurídica, impactando en la ciberseguridad, en el juego responsable, en la salud financiera de los operadores y en la lucha contra el blanqueo de capitales”.

El Consejo de Control de Actividades Financieras (Coaf) también emitió una nota técnica, adjunta a la acción, advirtiendo que el criterio de medición de territorialidad, adoptado por la Loterj, compromete significativamente el sistema de prevención de lavado de dinero.

Para Coaf, la aceptación del criterio de medición de territorialidad, previsto en el aviso de autorización de la Loterj, podría aumentar a niveles globales los riesgos de utilizar empresas de apuestas para el lavado de dinero y otras prácticas ilícitas relacionadas.

El TRF1 responde a solicitud de AGU en relación a Loterj

João Batista Moreira, presidente del Tribunal Regional Federal de la 1ª Región (TRF1), respondió al pedido de la AGU contra la decisión del 8º Tribunal Federal en lo Civil de la Sección Judicial del Distrito Federal (SJDF).

Para la AGU, la sentencia del SJDF “invadió la atribución del Sindicato de establecer normas nacionales sobre la exploración de este tipo de apuestas”, además de debilitar la protección de los usuarios “al eliminar la aplicación de la ordenanza del Ministerio de Hacienda que establecía reglas y directrices de juego responsable, determinando que los operadores de apuestas de contrapartida sigan procedimientos para prevenir los trastornos patológicos del juego”.

“La legislación del sector permite a los estados explorar la actividad sólo circunscrita al territorio estatal”, destacó.

Loterj impugna acción de AGU en el STF

Este lunes, Loterj presentó ante el STF un pedido de impugnación preliminar contra la actuación de la AGU.

“La competencia territorial de Loterj está respaldada por precedentes del propio ex STF, que reconocen la autonomía de los estados para explorar loterías y regularlas en su ámbito, como es el caso”, señala Loterj en el documento.

“Además, el hecho de que la rectificación del aviso incluya una declaración formal de los apostadores que juegan en el territorio de Río de Janeiro, sólo demuestra que Loterj está tomando medidas para mantener la territorialidad de su evento, sometiendo a los apostadores directamente a su jurisdicción. , lo que debilita el irrazonable argumento de violación de la territorialidad”, destacó el municipio.

“Loterj, con la inclusión de una declaración expresa en el aviso de que las apuestas en línea se considerarán realizadas en el Estado de Río de Janeiro, busca garantizar el respeto al límite territorial. De esta manera, Loterj está cumpliendo con la legislación, ya que el aviso prevé el control de la jurisdicción estatal, aunque a través de un criterio de declaración formal. Y la opción por la declaración-consentimiento expreso es una elección normativa que no está explícitamente prohibida por la legislación en el momento del acto realizado y perfeccionado; y que, además, todavía se conservaba por una norma sobrevenida de aplicación de la ley en el tiempo, de conformidad con el apartado 8 del art. 35-A”, defendió Loterj.

En relación a las prácticas ilícitas alegadas por la AGU, Loterj manifestó que cuenta con un robusto sistema de prevención de lavado de activos, de acuerdo con las mejores prácticas internacionales y la legislación vigente.

Las medidas de control y prevención de prácticas fraudulentas incluyen verificación de identidad, monitoreo de transacciones, reporte de actividades sospechosas, límites de apuestas, entre otras.

Para Loterj, la conducta de la AGU fomenta prácticas ilícitas y el listado de empresas autorizadas viola directamente los artículos 10 y 11 de la Ley de Apuestas, “que requieren autorización formal para su funcionamiento, pero también crea un peligroso precedente de autorización tácita en un sector que exige una regulación estricta. «

Loterj también destacó que muchas de estas empresas autorizadas para operar en Brasil están ubicadas en paraísos fiscales y que el Ministerio de Hacienda no evaluó adecuadamente las solicitudes de acreditación antes de incluirlas en la lista.

Para el municipio, la falta de recaudación de subvenciones e impuestos de estas empresas representa una importante pérdida de ingresos para el Estado.

Finalmente, Loterj destacó que la demora de más de cinco años para la regulación del sector en el país abrió espacio para el mercado paralelo.

En la petición, la autoridad afirmó que es la única fuente de ingresos del sector a través de pagos de empresas acreditadas, las cuales están obligadas a pagar los impuestos federales aplicables, entre ellos PIS, COFINS, CSLL e Impuesto a la Renta.

“A la vista de este hecho, se cuestiona el interés real de la Unión en esta acción. Al intentar suspender las operaciones reguladas por Loterj, la Unión estaría, en la práctica: 1. Renunciando a importantes ingresos fiscales que ya están en curso. 2. Permitir el funcionamiento de sitios web incluidos en su ‘lista positiva’ sin la debida autorización, fuera de regulaciones y sin pagar impuestos, hasta que se otorgue la primera licencia federal. 3. Crear un vacío regulatorio y fiscal que podría durar meses o incluso años, considerando la complejidad del proceso regulatorio federal”, destacó Loterj.

Loterj solicitó entonces el rechazo del pedido de amparo provisional urgente formulado por la AGU y presentó un pedido subsidiario, “si se considera el otorgamiento del amparo”, para que las empresas ya licenciadas tengan sus operaciones preservadas y operando “bajo las reglas de geolocalización establecida en el Aviso 01/2023 y su rectificación”.

“El reclamo del Sindicato, de ser aceptado, causará un daño importante no sólo a Loterj, sino también a las empresas acreditadas y al propio tesoro estatal y federal. Los Términos de Acreditación firmados constituyen actos jurídicos perfectos, generando derechos adquiridos para las empresas operadoras”, destacó Loterj en el pedido de objeción.

“La eventual invalidación de estos actos jurídicos implicaría una compensación multimillonaria, una pérdida de importantes ingresos fiscales y la perturbación de todo un sector económico regulado. Además, se debe considerar el impacto sobre la seguridad jurídica y la credibilidad del Estado brasileño ante los inversores nacionales e internacionales”, afirmó la autoridad en el documento.

Loterj solicitó la rectificación del valor del caso a 500 millones de reales (la AGU había asignado el valor de 5 millones), “para reflejar adecuadamente la dimensión económica real de la demanda y sus posibles consecuencias”.