Loyra Abogados compartió una actualización sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que avaló parte de las restricciones territoriales impuestas por la Generalitat Valenciana.
Además, revisó la propuesta regulatoria del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que pretende establecer nuevos límites de la publicidad, las promociones y hasta los contenidos digitales vinculados al azar. Así, los proyectos buscan revisar las libertades de las “loot boxes” de los videojuegos hasta las franjas inferiores de los anuncios.
En este sentido, Loyra repasó el nuevo proyecto de resolución impulsado por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), actualmente en fase de audiencia pública, que obligará a todos los operadores a incluir advertencias explícitas sobre los riesgos del juego problemáticoen cualquier comunicación comercial.
El texto sustituirá el clásico “juega con responsabilidad” por mensajes más contundentes, como “La ludopatía es un riesgo del juego”, “La probabilidad de ser un jugador que pierde dinero es del 75 por ciento” o “Las pérdidas del total de jugadores superan en cuatro veces sus ganancias”, además de la leyenda “Solo para mayores de 18 años” y una referencia obligatoria a la DGOJ.
El ministro Pablo Bustinduy explicó que la medida busca trasladar al juego el mismo enfoque que se aplicó en su momento al tabaco: “Queremos que los consumidores tengan toda la información para decidir de manera consciente, sabiendo los riesgos reales que existen detrás del juego”.
De aprobarse, la resolución exigirá rediseñar materiales audiovisuales, gráficos y digitales, ajustar contratos de patrocinio y modificar las políticas internas de cumplimiento. De esta forma, los operadores dispondrán de tres meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado para adaptarse, y podrán formular observaciones hasta el 26 de noviembre de 2025.
En paralelo, el ministerio también lanzó una campaña institucional sobre las loot boxes, bajo el lema “Menos loot boxes, más real gamers”, que alerta a las familias sobre los riesgos de las cajas botín, un sistema aleatorio de recompensas en videojuegos.
El Proyecto de Ley de Protección de Menores en Entornos Digitales, en trámite parlamentario y promovido por el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, pretende prohibir directamente las loot boxes e impedir que menores de 16 años se registren en redes sociales sin autorización parental.
Por otro lado, Loyra también se pronunció sobre el Proyecto de Ley de Atención a la Clientela, en fase final de tramitación, que podría incorporar nuevas restricciones publicitarias al juego. Entre ellas, la prohibición de enviar comunicaciones comerciales por correo electrónico o postal sin consentimiento previo, la limitación del posicionamiento de anuncios en buscadores, y la obligación de que las páginas o aplicaciones que ofrezcan información o productos relacionados con el juego cuenten con secciones específicas, filtros para menores y mensajes periódicos sobre “juego seguro”.
Asimismo, la propuesta restringe el uso de personajes famosos o narradores deportivos en la publicidad y limita las promociones y descuentos. De aprobarse, solo podrán dirigirse a clientes con cuentas verificadas y activas durante al menos 30 días. Los anuncios en plataformas de video o redes sociales también quedarán bajo un régimen especial, donde se permitirán en canales cuyo contenido principal sea el juego, con controles estrictos para impedir el acceso de menores y segmentar el público.
Por su parte, el Consejo Empresarial del Juego (Cejuego) cuestionó la forma en que el Gobierno ha introducido algunas de estas modificaciones, especialmente al intentar reincorporar vía enmienda artículos del Real Decreto 958/2020 que el Tribunal Supremo había anulado en su sentencia 537/2024.
“Preocupa profundamente que el Gobierno pretenda introducir cambios normativos mediante enmiendas intrusas a un texto que no guarda relación alguna con la actividad del juego, privando así del debate público a todos los actores involucrados”, advirtió su director general, Alejandro Landaluce.
Landaluce remarcó que el sector “no se opone a la revisión de la Ley del Juego”, pero reclama un proceso “transparente y participativo” para actualizar una normativa que “tras más de quince años, necesita reflejar los cambios profundos que ha experimentado el mercado”.
Loyra Abogados: resoluciones judiciales de regulación del juego
Mientras tanto, en el plano europeo, el TJUE confirmó la validez general de las restricciones territoriales aplicadas por la Generalitat Valenciana, aunque delegó al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) la evaluación de su proporcionalidad caso por caso.
Según el documento de Loyra, el caso se originó tras una serie de recursos interpuestos por operadores de salones de juego, bingos y recreativos contra el Decreto 97/2021 y la Ley 1/2020 de Juego de la Comunidad Valenciana.
Las empresas denunciaban que el marco autonómico suponía una restricción injustificada a la libertad de establecimiento (artículo 49 del TFUE) y a la libre prestación de servicios (artículo 56), al imponer distancias mínimas de 850 metros entre locales de juego y centros educativos, así como una moratoria de cinco años para nuevas licencias y limitaciones en la renovación de autorizaciones.
Aunque los demandantes pretendían que el tribunal europeo invalidara la normativa, el TJUE descartó “cualquier contradicción directa con el derecho comunitario”. Reconoció, sin embargo, que las medidas introducen obstáculos al ejercicio de la actividad económica, pero los consideró potencialmente legítimos si responden a objetivos de interés general como la protección de la salud y la prevención de la ludopatía.
“Las restricciones pueden considerarse compatibles con el Derecho de la Unión cuando contribuyen de manera coherente y sistemática a reducir la exposición al juego, especialmente entre menores”, se lee en el fallo.
El Tribunal también precisó que aplicar estas distancias a establecimientos ya operativos no resulta desproporcionado si se otorga un plazo razonable para su traslado, y descartó que la moratoria de cinco años fuera excesiva, siempre que responda a un propósito real de control del crecimiento del sector.
No obstante, el TJUE rechazó pronunciarse sobre varias cuestiones formuladas por el TSJCV por falta de precisión, lo que en la práctica devuelve la responsabilidad de evaluar la proporcionalidad de las medidas al tribunal español. La decisión fue interpretada por los expertos como un fallo de equilibrio, en el que consideran que el tribunal europeo valida el espíritu de las restricciones, pero recuerda que la aplicación concreta debe analizarse caso por caso.
“El TSJ valenciano dio una patada hacia adelante; ahora el TJUE devuelve una patada hacia atrás”, resumió el abogado Carlos Lalanda, de Loyra Abogados.
Y concluyó: “La sentencia desmitifica la idea de que las restricciones territoriales son contrarias al Derecho Europeo y reafirma la capacidad de los Estados miembros de modular la oferta de juego en función del interés general”.




























