La Lotería del Estado de Río de Janeiro (Loterj) apeló este viernes el fallo de André Mendonça, ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), que restringe las actividades de las empresas autorizadas por el organismo estadual.
La decisión de Mendonça dio al gobierno de Río de Janeiro y a Loterj un plazo de cinco días para cumplir con la restricción, exigiendo también el retorno del uso obligatorio de mecanismos de geolocalización.
Según Loterj, la decisión del ministro “sufre de omisiones, oscuridades y posibles errores materiales, que conducen a la integración y complementación de los motivos para decidir, especialmente porque no aborda todos los argumentos deducidos en el proceso capaces de, en teoría, debilitar la conclusión adoptada”.
El fallo afecta a 25 empresas, entre ellas importantes patrocinadores de equipos de fútbol, como Pixbet y Esportes da Sorte. Loterj sostiene que podría causar “graves daños potenciales a los ingresos” del Estado y de la autarquía ya que, con el cambio unilateral en un aviso público, se corre el riesgo de devolución de tasas fijas y del fin del cobro de licencias variables, así como posibles reparaciones por pérdidas y daños.
La defensa de Loterj
Según argumentos de Loterj, la ley que regula las apuestas deportivas no exige el uso de la geolocalización, sino que dicho requisito proviene de una ordenanza de la Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda. De esta forma, Loterj alega que la ley sólo restringe las ventas “a personas físicamente ubicadas dentro de los límites de sus distritos o domiciliadas dentro de su territorio” y, teniendo esto en cuenta, optó por utilizar como criterio de control la declaración personal de cada apostante.
Por lo tanto, Loterj enfatiza que se trata de un requisito infralegal, no legal, y señala que la declaración de consentimiento formal del jugador es un criterio regularmente válido dentro de la discreción de Loterj.
El municipio de Río de Janeiro solicita, dentro de los embargos de declaración, la modulación de los efectos para las acreditaciones en curso.
“Considerando que las medidas preliminares ordenadas en anticipación de la protección no pueden ser satisfactorias y no pueden, irreversiblemente, empañar los actos administrativos y los contratos públicos en curso, ni porque no es razonable imponer un riesgo multimillonario a esta Autarquía y al propio Estado de Río de Janeiro por simple medida cautelar a priori, se solicita respetuosamente que en cualquier hipótesis las medidas ordenadas se modifiquen de manera que, en este primer momento, al menos preservar los actos jurídicos perfeccionados, entendidos como los Términos de Licenciamiento ya firmados, resultado de los procesos de licitación de licencias regularmente concluidos hasta la fecha de publicación de la medida, al menos hasta la sentencia definitiva del litigio”, afirma Loterj en el documento.
Cuestiona también el plazo de cinco días para cesar la explotación de loterías y juego online fuera de los límites territoriales del estado de Río de Janeiro. Según Loterj, se trata de un plazo “demasiado corto y no se ajusta a los principios de razonabilidad o proporcionalidad, por lo que no puede prevalecer”.