Maia Yoshiyasu Advogados: “El mercado de Brasil ya existe, la ley también, falta el reglamento”

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En un análisis exclusivo para SBC Noticias, Luiz Felipe Maia, socio de Maia Yoshiyasu Advogados, y Maria Luiza Kurban Jobim, abogada asociada del grupo, abordaron el mercado regulado de apuestas deportivas en Brasil, ahora que ha pasado el plazo para que el presidente saliente Jair Bolsonaro firme la esperada normativa.

El 13 de diciembre de 2022 venció el plazo legal para regular la actividad de las apuestas deportivas (AQF) de cuota fija en Brasil. ¿Pero qué significa eso? En la práctica, para los operadores, nada. Esto se debe a que la ley sigue siendo válida. Los logros ya alcanzados con el advenimiento de la ley no presentarán retroceso. Lo que queda es la oportunidad de evolucionar, con requisitos claros y objetivos, a nivel federal, para explotar las operaciones de AQF en el país. 

Ya se pueden prever dos consecuencias principales: (1) que otras entidades federativas (Estados y Municipios) irán adquiriendo primacía en la regulación formal de la actividad y (2) que mayor inseguridad jurídica respecto de los marcos legales de las AQF tienden a generar una creciente judicialización del asunto.

La Ley Nº 13.756/2018, al introducir la legalidad de las AQF en territorio brasileño, erigió pilares básicos para el establecimiento de la industria que debe permanecer constante, independientemente de la regulación infralegal. Toda regulación deberá respetarlos, so pena de manifiesta ilegalidad. Entre estos, se destaca la creación de un microsistema en el que la explotación del servicio se realiza en un entorno competitivo, con posibilidad de ser comercializado en cualquier canal de distribución, físico o virtual. A nivel tributario, la ley establece en todo el país la Tasa de Inspección, con desglose del monto exacto a cobrar, así como sus consecuencias jurídicas, y, para los efectos de la prevención del blanqueo de capitales y el terrorismo, la obligación enviar información sobre los jugadores al Consejo de Actividades Financieras (COAF).

Lo que importa aquí es que, desde el advenimiento de la ley, existe la permisividad legal necesaria para que no sólo la Unión, sino sobre todo los Estados y también los Municipios (pese a las controversias en torno a ellos) comiencen a explotar esta modalidad de juegos. 

Como la regulación de otras entidades debe respetar el marco normativo de la legislación federal recientemente explicitado en lo que le es aplicable, pero no depende enteramente de una mayor regulación infralegal, la realidad es rica en ejemplos de leyes, decretos estatales e incluso avisos públicos que aportan criterios objetivos de selección de operadores. A falta de mayores parámetros para la explotación del servicio, no en vano, estas normas terminan siendo cuestionadas, de manera rutinaria, en los tribunales, con paralización de los procesos de selección y retraso en el inicio de actividades en sus territorios.

Esta inseguridad jurídica, muchas veces ya visible en los intentos incipientes de empezar a explotar el servicio AQF en los Estados, tiende a tener un efecto multiplicador a nivel federal ante el agotamiento del plazo legal para la regulación del AQF. 

Entre la ley que autoriza y no detalla y la regulación que debería ayudar, pero que no existe, está la realidad, con la pluralidad de sitios de apuestas dirigidos a Brasil y empresas interesadas en explotar las AQF en los términos de la ley.

Se sabe que el mercado de consumo de apuestas deportivas en Brasil es amplio precisamente por la familiaridad y apreciación de los brasileños con los deportes, especialmente el fútbol. Numerosos operadores ya están desarrollando sus actividades enfocadas a este público. Desde agosto de 2022, todos los equipos de fútbol de la Serie A de Brasil cuentan con sitios de apuestas deportivas como patrocinadores. En otras palabras: el mercado ya existe, la ley también. Simplemente todavía falta la reglamentación.

La expectativa era que, en un año de Copa del Mundo, se crearían requisitos precisos para fomentar el ambiente competitivo previsto por la Ley N° 13.756/2018. Con eso, no sólo ganarían los operadores y jugadores, sino, principalmente, el país. 

En 2022, no es sólo el vencimiento de la ley que pierde Brasil —y la Copa del Mundo—, sino también la posibilidad de ganar seguridad jurídica y previsibilidad para atraer mayores inversiones que se conviertan en ingresos para el Estado desde un sector ya existente y que se vuelve cada vez más popular y común hoy en día.