La ANJL destaca la importancia de la última ordenanza para las apuestas de la SPA

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La Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) de Brasil analizó la Ordenanza (Portaria) nº 827 de la Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda y celebró su publicación.

Según la entidad, el documento “responde a las expectativas del mercado, que tendrá tiempo suficiente para adaptarse a las exigencias”. Además, apuntaron que el 31 de diciembre “dividirá las aguas” para el sector, ya que finalizará el plazo para que las casas de apuestas se adapten a la legislación.

Según la Ordenanza, a partir del 1 de enero de 2025, todas las empresas que operen en Brasil sin autorización SPA lo harán en forma ilegal y podrán recibir sanciones.

“Esta era la ordenanza más esperada por los jugadores ya que regula una serie de normas importantes relacionadas no sólo con la autorización, sino también con el funcionamiento de cada casa de apuestas”, comentó Plínio Lemos Jorge, flamante presidente de la ANJL.

“Entre ellas, por ejemplo, la documentación requerida, los requisitos económicos mínimos que habrá que cumplir y el número de subvenciones para un determinado número de marcas vinculadas a un mismo grupo económico”, explicó.

Hasta finales de julio está prevista la publicación de otras ordenanzas, como parte del proceso de regulación de la industria de las apuestas en Brasil.

Según el presidente de la ANJL, también es importante que, a partir del próximo año, los apostadores sabrán diferenciar las empresas serias de las irregulares: “Desde el punto de vista del jugador, como el proceso regulatorio será continuo para todos los operadores por A finales de este año, a partir del próximo sabrá si está jugando en una plataforma segura y confiable, con la garantía de que recibirá su premio si acierta en sus apuestas”.

SPA: Detalles de las reglas para la obtención de licencias de operación

Por otro lado, la ordenanza también aclara que la autorización otorgada al operador podrá ser “revisada siempre que en la persona jurídica autorizada se produzca fusión, escisión, constitución, transformación, así como transferencia o modificación del control social directo o indirecto”.

Por lo tanto, la empresa que haya pasado por alguna de las situaciones antes mencionadas deberá enviar a la SPA, dentro de los 30 días, documentación que acredite que el operador aún cumple con las normas de funcionamiento de la industria. Por su parte, la SPA deberá responder dentro de los 150 días, contados a partir de la fecha de reenvío de documentos.

Sin embargo, el agente operador tiene derecho a realizar consultas previas con la SPA para garantizar que los cambios previstos en la estructura corporativa no den lugar a una revisión de la autorización para operar apuestas. Aquí, el plazo será de hasta 150 días, a contar desde la fecha de envío de la documentación o formalización de la consulta.

La nueva ordenanza también exige a los operadores acreditar que cuentan con cualificación jurídica, regularidades fiscales y laborales, idoneidad, cualificación económico-financiera y cualificación técnica. Además, deberá designar responsables de las áreas contable y financiera, procesamiento y seguridad de datos personales, seguridad operativa del sistema de apuestas, integridad y cumplimiento, y servicio a los apostadores y defensor del pueblo.

Las condiciones para las licencias de apuestas

Según lo establecido en la Ley de Apuestas, las empresas deberán pagar 30 millones de reales por una licencia de funcionamiento válida por cinco años y podrán operar hasta tres marcas.

Si la persona jurídica solicita la explotación de más marcas, considerando el límite de hasta tres por acto de autorización, deberá, por acto de autorización concedido, pagar la subvención, por el valor de 30 millones de reales, disponer de 5 millones de reales en concepto de financiación reserva, pagar en moneda corriente el capital social de 15 millones de reales y mantener un patrimonio neto en un valor no inferior al capital social.

Durante la evaluación de la solicitud de autorización, la SPA podrá solicitar, a través del Sistema de Gestión de Apuestas (SIGAP), documentos e información adicionales, los cuales deberán ser entregados dentro de los 15 días, contados a partir de la notificación enviada a través del SIGAP.

“La falta de presentación, sin justificación, de los documentos o información adicional en plazo dará lugar al archivo definitivo de la solicitud de autorización”, señala la ordenanza.