En la tarde de ayer (18 de octubre), la Comisión de Deportes (CEsp) del Senado de Brasil emitió dictamen sobre el Proyecto de Ley (PL) Nº 3.626/23, que regula el juego online y las apuestas deportivas en el país. El documento fue escrito por el senador Romário, relator del PL en el Senado Federal.
Al analizar todos los artículos del texto base, Romário votó a favor de aprobar el PL, aceptando las enmiendas Nº 14-U y 48-U, que tratan del permiso del Ministerio de Hacienda para otorgar autorización de funcionamiento por un período de 5 años (en lugar de tres años, como establece el actual PL), y la enmienda Nº 61, que establece que la publicidad y las acciones publicitarias deben estar dirigidas a adultos, excluyendo a niños y adolescentes.
“Al juzgar el mérito de las enmiendas […], adoptamos el criterio de evaluar en el orden del dispositivo modificado y buscamos respetar al máximo las referencias al reglamento que publicará el Ministerio de Hacienda tal como entendemos que, como organismo regulador de este mercado, es necesario que se mantenga una discrecionalidad mínima para poder actuar en tiempo oportuno. El texto del Proyecto ya señala las bases de la actuación del citado Ministerio y los principios de regulación”, explica el documento de la CEsp.
Las enmiendas restantes, propuestas por los parlamentarios, fueron rechazadas. Entre ellos se encuentra la que prevé prohibir, en cualquier medio, acciones de comunicación, publicidad y marketing que promuevan las apuestas deportivas.
“Entendemos la preocupación por la excesiva exposición de los jóvenes a piezas publicitarias en diversos medios. Sin embargo, creemos que el mejor camino es la adecuada regulación de la publicidad, con las sanciones previstas en el Proyecto”, señala el informe.
Nuevas enmiendas para las apuestas en Brasil
Bajo la opinión de Romário, por el contrario, se propusieron otras tres enmiendas, que aún deben ser votadas.
La primera se refiere al artículo 12 del proyecto de ley, que estipula el valor de la licencia y el máximo de dos marcas comerciales que pueden ser explotadas por el operador en 30 millones de reales.
La segunda, al artículo 51 del PL, modificando los porcentajes de ingresos que se destinarán a los órganos de gobierno. Así, un 6,68 por ciento irá al área deportiva (distribuido en el 0,05 por ciento al Comité Brasileño de Deportes Máster), mientras que otro 4,30 por ciento irá al área turismo (distribuido entre un 0,80 por ciento a la Agencia Brasileña de Promoción Turística Internacional —Embratur— y un 3,50 por ciento para el Ministerio de Turismo).
Por otro lado, el 0,5 por ciento se destinará al Ministerio de Salud, a la vez que el 0,15 por ciento irá a entidades civiles, que se distribuirá equitativamente en un 0,05 por ciento a la Federación Nacional de Asociaciones de Padres y Amigos de los Discapacitados —Fenapaes—, a la Federación Nacional de Asociaciones Pestalozzi —Fenapestalozzi— y a la Cruz Roja Brasileña.
La tercera enmienda se aplicará sobre el artículo 14 del PL, que añade limitaciones a los mercados de apuestas que pueden explorarse, con el fin de evitar la manipulación de los resultados del fútbol. La enmienda prohíbe apostar en eventos aislados, como saques de esquina, saques de banda y tarjetas amarillas y rojas.
Respecto a los deportes de fantasía (fantasy sports, en inglés), el dictamen determina que, como el PL, al no constituir la explotación de una modalidad de lotería, promoción comercial o apuesta de cuota fija, no es necesaria la autorización de las autoridades públicas para el desarrollo de la actividad o la prestación de servicios.
“Así, como mérito general, la aprobación del Proyecto tiene un gran potencial para incrementar la recaudación tributaria, ordenar el mercado de apuestas de cuota fija, permitir la supervisión, acciones para evitar la manipulación de resultados, garantizar los derechos de los consumidores y regular la difusión de publicidad y propaganda”, afirma el informe.
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