El Ministerio de Hacienda de Brasil publicó esta tarde (11 de mayo) un comunicado en el que indicó que está finalizando los detalles de la medida provisional que regulará la industria de las apuestas deportivas.
SBC Noticias Brasil accedió al documento oficial de la medida provisional, donde se dispone que el presidente Lula da Silva aprueba la regulación de las apuestas de cuota fija, que modifica distintos decretos, incluyendo el 13.756/2018, el que dio lugar a la legalidad de la industria, y que deroga el 14.455/2022, que creó la Loteria da Saúde y la Loteria do Turismo.
Cabe destacar que este texto aún se encuentra en modificación, por lo que las cifras finales se encuentran sujetas a cambios. Al 11 de mayo de 2023, las cifras contempladas por Casa Civil incluyen la siguiente información compartida por esta nota periodística.
“La lotería de cuotas fijas será concedida, permitida o autorizada por el Ministerio de Hacienda y será operada exclusivamente en un ambiente competitivo, sin límite en el número de concesiones, con la posibilidad de ser vendida en cualquier canal de distribución físico y virtual”, establece la medida provisional.
“El Ministerio de Hacienda podrá, en el ejercicio de su capacidad para controlar, solicitar información técnica, operativa, económica, financiera y contable a los sujetos involucrados en las actividades desarrolladas, garantizando legalmente el secreto y la protección de datos personales de la información recibida, cuando corresponda”, agrega.
A partir de esta medida provisional, la 2.158-35 de 2001 entra en vigencia con una serie de cambios, incluyendo la creación de una Tasa de Autorización, que se cobrará sobre el valor del plan de operaciones:
La medida dispone que el Ministerio de Hacienda estará a cargo de autorizar la publicidad comercial vinculada a los sorteos con premios superiores a los 10 mil reales. Aquellos que cuenten con un valor menor, no deberán contar con la autorización, aunque sí estarán sujetos a los impuestos correspondientes.
Las empresas que no cumplan con las reglas podrán ser sujetas a la prohibición de llevar a cabo tales operaciones por un período de hasta dos años, una advertencia, una multa de hasta el 100 por ciento del valor de los premios, entre otras cosas.
La modificación a la Ley 13.758/2018
Las alteraciones a la ley incluyen dos incisos. El primero establece que un 18,13 por ciento se destinará para cubrir los costos de mantenimiento de las loterías, un impuesto del 43,35 por ciento para el pago de premios y el pago del Impuesto a la Renta, un 0,5 por ciento para el Fondo Nacional de Salud y un 0,5 por ciento para el Ministerio de Turismo.
El segundo introduce las mismas cifras, aunque modifica la del Impuesto a la Renta y dispone un impuesto del 43,79 por ciento.
Tanto el 0,5 por ciento destinado al Fondo Nacional de Salud, como el otro 0,5 por ciento destinado al Ministerio de Turismo del segundo Inciso estarán en vigor hasta abril de 2028, mientras que, una vez que se finalice el plazo, los recursos serán recaudados por el Tesoro Nacional y, eventualmente, podrán ser utilizados por la Unión.
Por otro lado, modifica una serie de artículos y determina que un 22 por ciento se destinará a las entidades futbolísticas a cambio del uso de sus nombres, marcas, logos, himnos y símbolos para poder ejecutar los pronósticos de la competencia.
Asimismo, los clubes de fútbol recibirán un 1,5 por ciento a cambio del uso de lo mencionado en el párrafo anterior, pero para la difusión y ejecución de Lotex.
Estas reglas serán estudiadas por el Consejo Nacional del Deporte y eventualmente aprobadas por el Ministerio de Deportes, siguiendo distintas pautas, como reglamentar los tipos de proyectos que podrían ser financiados con los recursos recibidos de las apuestas, y establecer los objetivos esperados de estos recursos.
Sobre las tasas impositivas, los cambios se llevarán a cabo por el ministro de Estado de Hacienda, en “intervalos no inferiores a un año”.
“El valor de la actualización no podrá exceder la variación del índice oficial de la inflación calculado en el período desde la última corrección”, dice el Artículo 27.
Cómo Brasil repartirá la recaudación
Tal como había anticipado este sitio anteriormente, el 1,63 por ciento de lo recaudado será destinado a las entidades del Sistema Nacional del Deporte, incluyendo el fútbol. De esta forma, queda asentado que el pedido realizado por la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF) y los clubes de fútbol de aumentar el porcentaje a un 4 por ciento y un 5,01 por ciento, respectivamente, no ha sido tenido en cuenta por el Ministerio de Hacienda.
Otro 10 por ciento se destinará a la seguridad social, un 84 por ciento para cubrir los gastos operativos, y un 1 por ciento al Ministerio de Deportes. Hasta la fecha de publicación de esta nota, en el texto no se encontraba ni el 2,55 por ciento al Fondo Nacional de Seguridad Pública ni el 0,82 por ciento a las escuelas de nivel inicial.
Asimismo, el 1 por ciento destinado al Ministerio de Deportes tendrá vigor hasta abril de 2028, y luego se destinará al Tesoro Nacional para que la Unión pueda utilizar los fondos.
El Ministerio de Hacienda también estará a cargo de determinar la forma y el proceso mediante el cual se otorgarán las autorizaciones para poder usar las imágenes deportivas, nombres y derechos de propiedad intelectual, así como las marcas, logos, himnos y símbolos, entre otras cosas, relacionados a las entidades deportivas.
Todo tipo de recaudación se calculará y se recolectará mensualmente por la Secretaría Especial de Ingresos Federales del Ministerio de Hacienda de Brasil: “Esta tasa se actualizará a partir del año y el monto no podrá exceder la variación del índice de inflación oficial calculado en el período desde la última corrección”, aclara nuevamente el texto.
La responsabilidad de los operadores
Los operadores tendrán que enfocarse en tareas de autorregulación, incluyendo la promoción de información para sensibilizar a los jugadores sobre los riesgos relacionados con la ludopatía.
Por otro lado, las que lleven a cabo operaciones de apuestas deportivas tendrán prohibido “adquirir, licenciar o financiar la adquisición de derechos sobre eventos deportivos realizados en el país para su emisión, difusión, transmisión, retransmisión, reproducción, distribución o cualquier forma de exhibición por cualquier medio”.
Los operadores ilegales serán bloqueados por las empresas proveedoras de internet, bajo las órdenes del Ministerio.
Además, las entidades deportivas deberán incluir en sus reglamentos, tal como lo hace la Confederación Brasileña de Fútbol (CBF), la prohibición de que los atletas o los clubes compartan los nombres y las marcas de empresas que ofrecen apuestas.
La manipulación de los resultados
“Los eventos deportivos que son objeto de apuestas deben tener acciones para mitigar la manipulación de resultados y la corrupción en eventos reales con tema deportivo, por parte del operador de apuestas de cuota fija”, dispone la medida provisional, y agrega que los operadores deben ser parte de un organismo nacional o internacional que abogue por la integridad deportiva.
Cualquier sospecha por amaño deportivo u otro tipo de fraude relacionado a esta actividad serán investigadas mediante un proceso administrativo sancionador, donde se tendrá en cuenta la gravedad, la duración, el grado de perjuicio para el deporte, el beneficio obtenido, la capacidad económica del infractor, el valor de la operación y la recurrencia.
“El Ministerio del Deporte asistirá al Ministerio de Hacienda en las acciones de fiscalización destinadas a garantizar la integridad en el deporte”, aclara el texto.
Los premios no reclamados
Aquellos premios que no se reclamen en un plazo de hasta 90 días, a partir de la fecha de divulgación del resultado de la apuesta, serán transferidos al Fondo de Financiamiento Educativo, en una medida vigente hasta abril de 2028. Luego de ese plazo, los recursos se repartirán al Tesoro Nacional.
Las operaciones en cada estado
Esta medida prohíbe la explotación multijurisdiccional de los servicios en medios electrónicos fuera de los límites de cada estado que opere las apuestas.
Otros detalles compartidos por el Ministerio de Hacienda
En su comunicado, el Ministerio confirmó que la MP crea una secretaría para analizar los documentos de los operadores que deseen operar en el país, al igual que el volumen de apuestas y los ingresos, con el objetivo de garantizar un mayor control sobre el mercado.
Además, confirma lo informado anteriormente de que la carga tributaria para los operadores será del 16 por ciento de los ingresos brutos (GGR), restando los premios.
El beneficio obtenido por los jugadores será gravado con el 30 por ciento del Impuesto a la Renta, si este se encuentra por arriba de los 2.112 reales.
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