Marco Emilio Hincapié, presidente de Coljuegos, destacó ante empresarios y reguladores de América del Sur que, en el primer semestre de 2025, la entidad ha transferido alrededor de 127.9 millones de dólares (535.819 millones de pesos) para el régimen subsidiado en salud.
“Nos enorgullece que, internacionalmente, seamos reconocidos como uno de los reguladores más avanzados del continente. Eso se ve reflejado tanto en la innovación en materia normativa como en el incremento de los recursos que son destinados para la salud de los colombianos”, comentó Hincapié.
Asimismo, el presidente destacó que los juegos operados por internet siguen siendo uno de los principales protagonistas en la industria, seguido de los juegos localizados y otros de tipo novedoso como Baloto y Súper Astro.
“Este año, hemos visto que Baloto ha presentado un incremento del 33 por ciento en las ventas, lo cual representa cerca de 32.203 millones con respecto al periodo enero-junio del año 2024. Esto nos permite proyectar que este juego, al finalizar el año, incrementará sus aportes a la salud en más de 20.000 millones”, indicó el funcionario.
De igual manera, Hincapié destacó que en el primer semestre de 2025 se ha presentado un incremento del 9.32 por ciento con respecto al 2024, pasando de 490.257 millones a 535.819 millones.
El presidente de Coljuegos también destacó los avances en materia de lucha contra la ilegalidad, puesto que, a la fecha, la entidad ha incautado 5.663 elementos de juegos de suerte y azar no autorizados en más de 25 departamentos del país.
Coljuegos establece las bases para las empresas interesadas en ser operadores tecnológicos en rifas
La semana pasada, el ente regulador presentó el proyecto de resolución por medio del cual se fijan los requisitos jurídicos y financieros para la autorización de interesados en ser operadores tecnológicos de juegos de suerte y azar en la modalidad de rifas.
El ente regulador detalló que las empresas interesadas deberán contar con un Certificado de Existencia y Representación Legal con una expedición no mayor a treinta días calendario, en el cual se acredite la calidad de persona jurídica del solicitante.
La duración de la sociedad, en todo caso, deberá ser como mínimo igual al período de vigencia de la autorización solicitada como operador tecnológico, y el objeto social deberá corresponder y estar directamente relacionado con el servicio tecnológico que ofrece para la operación sistematizada del juego de suerte y azar en la modalidad de rifas, de forma tal que garantice la idoneidad, coherencia y legalidad en el desarrollo de dicha actividad.
En el evento en que el certificado no contemple expresamente las facultades al representante legal para solicitar la autorización del trámite respectivo, o cuando existan restricciones a su capacidad de obligar a la sociedad, se deberá allegar el acta del órgano social correspondiente que lo faculta para tal efecto.
Además, deberán presentar un certificado de composición accionaria suscrito por el representante legal o el revisor fiscal de la sociedad, en caso de estar obligada a tenerlo, identificando el nombre completo y el documento de identidad de todos los socios.
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