La presidenta de Perú promulga la ley que actualiza la regulación del juego online y las apuestas deportivas

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Con fecha de ayer (miércoles 28), la Ley Nº 31806 por la cual se modifica la Ley Nº 31557 de juego online y apuestas deportivas, quedó promulgada en el Boletín Oficial de Perú, tras obtener la firma de la presidenta de la república, Dina Boluarte, y que entrará en vigor dentro de los próximos 120 días.

La nueva regulación actualiza la ley del juego aprobada en julio de 2022, que busca establecer un marco normativo para el desarrollo de las operaciones de juego online y de apuestas deportivas tanto a nivel local como internacional, en Perú.

Según detalla el documento, los artículos que se han modificado con esta enmienda son los 3, 7, 8, 11, 12, 13, 15, 22, 24, 26, 29, 31, 38 y 40, además de haber cambios en las disposiciones complementarias finales primera y séptima de la Ley 31557.

Los artículos abarcan desde las definiciones específicas de los elementos abordados por la ley (como “apuestas deportivas a distancia”, “salas de juego”, etc.) hasta el registro y la homologación de las tecnologías involucradas, los medios de pagos —que excluyen a las criptomonedas—, y más.

Asimismo, la Ley Nº 31806 establece que organizaciones públicas responsable de otorgar los dominios estarán a cargo de entregar a los operadores nacionales y globales los dominios “.bet.pe”, “.bet”, “.com”, “.pe” o “.com.pe” para sus sitios, “siempre que las plataformas tecnológicas de los juegos a distancia o apuestas deportivas a distancia cuenten con las autorizaciones correspondientes concedidas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur)”.

De esta forma, el ministerio queda a cargo de la regulación de la industria, y homologará tanto “la plataforma tecnológica de juegos y/o apuestas deportivas a distancia, así como los programas de juegos, sistemas progresivos, entre otros componentes y/o servicios informáticos que forman parte integrante de la plataforma tecnológica”, con un plazo indeterminado de vigencia.

Además, las empresas que obtengan la licencia de Mincetur estarán habilitadas a establecer acuerdos de patrocinios con el sector deportivo, mientras que quedan a cargo de controlar la identidad y la edad de las personas que se registren en las plataformas.

En este sentido, la regulación agrega que “el que organiza, conduce o explota juegos de casino y máquinas tragamonedas, o juegos o apuestas deportivas a distancia sin haber cumplido con los requisitos que exigen las leyes y sus reglamentos para su organización, conducción o explotación, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, con trescientos sesenta y cinco días multa e inhabilitación para ejercer dicha actividad, de conformidad con el inciso 4) del artículo 36 del Código Penal”.

La ley hace un foco también en la protección a menores de edad y al juego responsable, y limita la oferta de apuestas legales a “eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales”.

Dentro del artículo 24, se establece que “el monto de la garantía que se otorga por la autorización para la explotación de los juegos o apuestas deportivas a distancia, es equivalente a la cifra que resulte mayor entre el 3 por ciento del ingreso neto anual o seiscientas unidades impositivas tributarias (600 UIT), vigentes a la fecha de su otorgamiento”.

El proyecto ya había obtenido el visto bueno del Congreso de Perú el pasado 25 de mayo, con 105 votos a favor, 2 abstenciones y ningún voto en contra.

“Para la parlamentaria Lady Camones (APP) —quien propuso las modificaciones— la iniciativa tiene como objetivo asegurar la recaudación tributaria, prevenir el lavado de dinero, verificar que los clientes participen de manera segura en esta actividad y recaudar la tributación correspondiente. Asimismo, resaltó que la fórmula legal presentada busca generar la igualdad ante la ley, de todas las empresas dedicadas a este rubro”, habían explicado los legisladores en el comunicado oficial.

Para ver los artículos modificados completos, haga click aquí.