Los deudores alimentarios no podrán realizar apuestas en la Ciudad de Buenos Aires

Los deudores alimentarios no podrán realizar apuestas en la Ciudad de Buenos Aires.
Créditos: Shutterstock.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó ayer una ley que impide a las personas incluidas en el Registro Público de Alimentantes Morosos que puedan acceder o realizar operaciones en plataformas de juegos de azar y apuestas online.

La nueva norma, que cuenta con la autoría del diputado Leandro Santoro, estipula la obligación de verificar, en tiempo real y antes de cualquier transacción, que quienes pretendan jugar o apostar no figuren como deudores alimentarios. Y establece sanciones específicas para los operadores que incumplan este proceso.

La iniciativa incorpora un nuevo artículo (17 bis) a la Ley N° 269 que regula el registro de alimentantes morosos. Toda persona inscripta en ese registro no podrá abrir ni mantener cuentas activas, ni realizar depósitos, apuestas o retiros en plataformas de juego o apuestas por internet habilitadas en la ciudad.

Esta restricción alcanza tanto a los juegos de azar como a los de destreza, así como a cualquier modalidad que administre Lotería de la Ciudad de Buenos Aires (LOTBA).

LOTBA deberá crear un sistema para verificar a quienes quieran hacer apuestas

El proyecto introduce otro artículo (17 ter) que regula los mecanismos de información y la protección de los datos personales. Será el Poder Ejecutivo quien deberá implementar, junto con LOTBA, sistemas informáticos de consulta automatizada en tiempo real.

Las consultas solo podrán verificar la condición registral de la persona, sin que los datos sean conservados, usados con fines comerciales ni para el perfilamiento de usuarios. Esto se ajusta al marco de la Ley N° 1845, enfocada en la protección de datos personales.

La ley cuenta con sanciones específicas para los operadores de apuestas (Créditos: Shutterstock).

Por otro lado, la iniciativa incorpora un capítulo sancionatorio claro. La autoridad regulatoria del juego en la ciudad será la encargada de imponer sanciones cuando los operadores incumplan las nuevas reglas de verificación.

Las penas se regularán según los procedimientos disciplinarios establecidos en la normativa del juego y los pliegos de concesión de cada plataforma, sin descartar eventuales infracciones al Régimen de Faltas porteño.

La propuesta establece un plazo expreso: el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley dentro de los 30 días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial.