El alcalde de la ciudad chilena de Arica Gerardo Espíndola compartió que ha iniciado una negociación con el operador español Luckia para que reciba a los trabajadores del Casino Municipal de Arica, que se vieron afectados por el cierre del recinto.
Es que tiempo atrás Luckia presentó una demanda contra la empresa local Puerta Norte, operadora del casino municipal, por “competencia desleal” y si bien la Corte de Apelaciones de primera instancia había desestimado la acusación, ahora la Corte Suprema en Santiago falló a favor de la compañía española.
Por esta razón, la municipalidad de Arica se vio obligada a decretar el fin del contrato, bajo pedido de urgencia de la Corte de Apelaciones durante el fin de semana, por lo que Puerta Norte dio por finalizadas las operaciones el pasado martes (20 de septiembre).
El reclamo de Luckia, que opera allí el Casino Luckia Arica S.A., apunta contra la intención de “crear un tercer régimen jurídico para amparar situaciones no solo no previstas por la ley, sino que expresamente la contraviene, vulnerando así el propósito del legislador de establecer un régimen general de licitaciones y permisos sujetos a dicha nueva normativa y a la Superintendencia de Casinos de Juego”.
Por su parte, el concejal Daniel Chipana Castro denunció que la sala municipal cerrará “por mala gestión” y exigió explicaciones al alcalde de Arica: “No es posible que el Casino Arica termine con sus puertas cerradas por mala gestión e inoperancia de la actual administración. Aquí está en juego el patrimonio de la comunidad ariqueña, la historia, nuestro emblema. Los trabajadores y sus familias quedarán sin el sustento de sus hogares, además quedamos expuestos a posibles demandas que nos causarán un daño patrimonial impensado a la municipalidad”, lo citó la prensa local.
El funcionario advirtió que el Casino Arica, el segundo más antiguo de Chile, es la fuente de trabajo de 100 familias, entre empleos directos e indirectos. Además, su cierre significaría la pérdida de mil millones de pesos chilenos anuales para el municipio.
Tras la noticia, Espíndola aseguró a la prensa que “iniciamos gestiones con Luckia, a fin de que pueda recibir a trabajadores” y recordó que se han hecho varios esfuerzos a lo largo de los años por mantener el casino en funcionamiento, luego de una fallida licitación iniciada en la gestión anterior.
“Apenas asumimos como gestión municipal, nos encontramos con la licitación desierta del Casino Arica, e iniciamos una serie de acciones en conjunto con el Concejo Municipal para evitar su inminente cierre. Logramos revertir ese escenario y ganar además los fallos de la justicia a nivel local, pero no así con lo ordenado por la Suprema”, detalló.
Y concluyó: “Arica es la única región del país que no cuenta con un centro cultural, por ello vemos con buenos ojos que mantengamos este espacio para las actividades tradicionales de entretención que ahí se realizan y sumar un centro para la expresión artística que hoy nuestra ciudad carece”.
Otra demanda por juego en Arica
La Corte de Arica rechazó el reclamo de ilegalidad municipal contra la Municipalidad por la omisión de pronunciamiento ante una solicitud de patente provisoria para operar máquinas de juegos de habilidad y destreza.
El reclamante es un operador que consideró rechazada su solicitud del permiso ante la falta de respuesta del municipio, pese a asegurar que cumplía las exigencias de la Ley para recibirlo.
Ante esta situación, dedujo el recurso ante la Corte de Apelaciones, por la presunta violación de los principios de celeridad, conclusividad y oportunidad de la Ley N°19.880, el artículo 26 de la Ley de Rentas Municipales y la Ley N°18.575. Por otro lado, reclama una supuesta infracción de las garantías constitucionales de los numerales 21, 22 y 24 del artículo 19 de la Constitución, por lo que exigió que se ordene al municipio adecuar su conducta y conceder la patente provisoria de conformidad a la Ley.
Sin embargo, la Corte de Arica rechazó el reclamo por considerar que la parte demandante “no incumplió con los requisitos formales para la interposición del reclamo, de momento que lo presentó dentro de plazo, señaló el acto u omisión objeto del reclamo, la norma infringida, la forma de infracción y las razones del por qué la infracción le perjudica”, según citó Diario Constitucional.
Asimismo, consideró legal la resolución emitida por el municipio por tratarse de una solicitud de patente provisoria “que no es posible otorgar en el giro de la reclamante”, de modo que resolvió que el trámite siguió su debido curso y desestimó el reclamo.