Carlos Baeza declaró que la decisión de la Corte Suprema “no tiene ningún fundamento legal”

Carlos Baeza: “La decisión de la Corte Suprema no tiene ningún fundamento legal”.
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“Las razones del fallo no son legales, hay otros motivos, no conozco cuáles, pueden ser personales, religiosas, éticas, no tengo idea, para que la Corte Suprema haya sostenido esa sentencia. Las motivaciones para llegar a la conclusión que las apuestas online están proscritas en la ley no tienen ningún fundamento legal”, afirma categóricamente el abogado Carlos Baeza Guíñez, presidente de la Agrupación Chilena de Plataformas de Apuestas en Línea.

El representante legal de Betano, Betsson, Betwarrior, Coolbet y Latamwin en Chile habló en una entrevista con el medio chileno La Tercera sobre la decisión del máximo tribunal de ordenar a los operadores de telecomunicaciones bloquear el acceso a las plataformas de apuestas online, por considerar que “operan ilegalmente” en el país, pues solo las empresas autorizadas por ley pueden desarrollar apuestas deportivas.

El letrado citó el artículo 63 N°19 de la Constitución Nacional, el 277 y 278 del Código Penal y el artículo 1.466 del Código Civil, los mismos que el máximo tribunal aduce para justificar su dictamen.

“Nosotros siempre hemos sostenido que las apuestas online son una actividad no prohibida y no regulada. Por lo tanto, no ilegal y no ilícita. En Chile, lo único que ha estado siempre prohibido es el juego presencial no autorizado, los casinos clandestinos, que se establecieron en el Código Penal en 1875”, aclaró Baeza.

El abogado precisó que nadie puede sostener que en esa descripción de conducta está incluido el juego online, porque es muy difícil pensar que hace 150 años el legislador pudo haber tenido en la cabeza algo parecido. “En Chile no hay ninguna norma que prohíba las apuestas online. De hecho, no hay ninguna norma que prohíba todos los juegos de azar”, agregó.

Además, Baeza comentó que en el proceso legislativo que se desarrolla en el Congreso han acompañado informes en derecho en materia constitucional, civil y penal. “En lo constitucional, Arturo Fermandois, Francisco Zúñiga y Javier Couso concluyeron de manera categórica que la Constitución Nacional no establece ninguna norma prohibitiva y que las apuestas online no están prohibidas”, añadió.

Las repercusiones del fallo de la Corte Suprema

“La decisión de la Justicia resuelve un problema entre partes. Es incuestionable, es una sentencia definitiva que establece una decisión, bien o mal, que es obligatoria para las partes. No establece normas de aplicación general. El fallo no establece ninguna obligación, no sienta un precedente, no obliga a nadie, solo obliga a las partes”, explicó el letrado.

Esto quiere decir que las compañías de telecomunicaciones están obligadas a cumplir ese fallo y las 12 direcciones URL que están incluidas en la sentencia tienen que bloquearse, porque es una orden.

“Igualmente, las personas tienen una concepción muy romántica de la Corte Suprema, pero hay otras autoridades con el mismo rango constitucional, como el Ministerio Público, que tiene por ley el monopolio de la determinación de los criterios de persecución penal: después de tres años de investigación y un cuaderno de dos mil fojas, comunicó su decisión de no perseverar respecto de todas las querellas presentadas en contra de las plataformas de apuestas online”, subrayó Baeza

Por otro lado, el abogado explicó que ellos no tienen que cumplir el fallo, porque no son parte en la sentencia, como pasó el año 2023 con un fallo similar de la Corte Suprema que ordenó el bloqueo de 23 sitios. “Las compañías tienen el derecho de hacer modificaciones en sus URL y seguir funcionando, porque nosotros no estamos obligados a cumplir ese fallo”, detalló.

Baeza aclaró que los operadores de juego online van a cambiar las URL para seguir operando porque esa es una decisión particular que afecta solamente a las partes y no tiene efectos normativos, no es una ley. El letrado argumentó que esto no se podría considerar desacato porque desde el punto de vista estrictamente formal, no son parte de ese recurso.

“Además, no creo que en el momento en el que estamos desde el punto de vista de la tramitación legislativa, con un proyecto que lleva casi cuatro años en el Congreso Nacional, que está en su última etapa, sea razonable y sensato que esta industria desaparezca de un día para otro, porque esta es una industria que funciona en todas partes del mundo, que tiene un potencial de recaudación muy importante y que lo que está haciendo es precisamente tocando la puerta para ser regulada”, concluyó el abogado.