La Justicia brasileña autoriza el bloqueo de los sitios de apuestas sin autorización de Loterj

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El viernes pasado (28 de junio), el Tribunal Regional Federal 1 (TRF1) de Brasilia estimó parcialmente la demanda de la Lotería del Estado de Río de Janeiro (Loterj) que pretende autorizar a la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL) para que verifique si los operadores de juego online y apuestas de Río de Janeiro tienen legitimidad para operar en el estado, determinando así la suspensión de las actividades de aquellas que no cuenten con licencia otorgada por el municipio.

Loterj interpuso un recurso de apelación contra la decisión del Juzgado del 13° Federal de la Sección Judicial del Distrito Federal, que rechazó la solicitud para ordenar a ANATEL citar a los proveedores de internet para bloquear o suspender sitios web que operan irregularmente en el estado fluminense.

Según el Tribunal Federal que recibió la solicitud de Loterj, el artículo 35-A de la Ley N° 13.756/2018 permite a los estados regular la exploración de modalidades de lotería autorizadas, mientras que la Ley N° 14.790/2023, conocida popularmente como Ley de Apuestas, establece que las apuestas deben realizarse en sitios que cuenten con autorización del Ministerio de Hacienda.

Además, el Tribunal señaló que la aplicación de la Ley de Apuestas depende de la regulación federal y de un plazo de adaptación de noventa días. Por lo tanto, según entiende la autoridad local, Loterj no tiene autoridad para exigir el bloqueo de sitios web sin una orden judicial específica.

Al presentar el recurso de apelación, Loterj argumentó que los estados tienen la autoridad para explorar y regular los servicios de lotería en sus respectivos territorios, según lo decidió el Supremo Tribunal Federal (STF) en 2020 y que el organismo tiene la autoridad para monitorear y bloquear sitios web que operan ilegalmente dentro de los límites territoriales de Río de Janeiro.

El juez federal Pablo Zúñiga Dourado, que estimó parcialmente el recurso de la autarquía, dijo que hay “plausibilidad en el derecho invocado” por la Loterj, “con la sanción de la Ley 14.790/2023, art. 29 de la Ley 13.756/2018, eliminando la exclusividad de la Unión en la prestación de servicios públicos”.

Asimismo, dijo que “el nuevo documento legal cambió la redacción de los artículos pertinentes a la materia, determinando la forma en que se opera este tipo de lotería a través de un ambiente competitivo, con autorización del Ministerio de Hacienda, sin número mínimo ni máximo de agentes explotadores. También determinó la explotación exclusiva por personas jurídicas”.

Dourado, en sus últimas palabras en el documento, no aceptó el ingreso de la Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) como “amicus curiae” [expresión latina para referirse al tercero que se suma al proceso para otorgar pruebas y testimonios ante los jueces organismo], “ante la falta de demostración efectiva de la relevancia de la demanda para su ingreso”.

Comentarios sobre la disputa de Loterj

En LinkedIn, Hazenclever Lopes Cançado, presidente de Loterj, celebró la decisión de TRF1: “¡Otro gran gol de Loterj! El Tribunal Regional Federal de la Primera Región – TRF1 ordenó la eliminación, por parte de ANATEL, de los sitios web de las casas de apuestas que operan sin licencia de Loterj”.

“El Gobierno del Estado de Río de Janeiro continúa actuando en defensa del mercado legal, combatiendo la evasión cambiaria, el lavado de activos y otros delitos financieros, además de combatir la competencia desleal del mercado ilegal con las empresas acreditadas por LOTERJ”, concluyó Cançado.