Loyra analiza la nueva ley que regulará los servicios de atención al cliente en España

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El Boletín Oficial de España publicó el dictamen de la Comisión de Derechos Sociales y Consumo sobre el Proyecto de Ley que regulará los servicios de atención a la clientela. Aunque el texto parece orientado al consumo en general, incorpora cambios en la regulación del juego, dando cobertura legal a varios artículos del Real Decreto 958/2020 que habían sido anulados por el Tribunal Supremo en abril de 2024, como reportó el estudio de abogados local Loyra.

Según explicaron, el objetivo es “devolver amparo normativo a disposiciones que habían quedado sin efecto” y, al mismo tiempo, elevar a rango legal una serie de obligaciones que hasta ahora estaban dispersas en reglamentos técnicos, además de anticipar los futuros desarrollos regulatorios del sector.

Entre las modificaciones más relevantes se encuentra la expansión del régimen de publicidad, promociones y patrocinios. El texto refuerza el principio de consentimiento previo e incorpora el envío de comunicaciones comerciales por correo postal, que también requerirá autorización expresa del destinatario. Además, las campañas de los operadores solo podrán difundirse en servicios digitales que tengan mecanismos efectivos para impedir el acceso de menores, un ajuste que coloca a redes sociales y plataformas de video bajo un nivel de control mucho más estricto.

Las condiciones para acceder a promociones y bonos, anuladas por el Tribunal Supremo y ahora reintroducidas con rango de ley, también quedan definidas. Los incentivos solo podrán dirigirse a usuarios con cuentas abiertas desde hace al menos treinta días y cuya identidad haya sido verificada documentalmente. Desde el sector consideran que estas medidas buscan cerrar cualquier margen de interpretación. Como explica el dictamen, se pretende que el uso de promociones “responda a un marco seguro, verificable y plenamente trazable”.

En materia de pagos, la norma establece que los operadores deberán aceptar únicamente medios de pago nominativos y de titularidad del jugador. Esta obligación viene acompañada de la creación de cuentas segregadas en entidades de crédito españolas, destinadas exclusivamente a custodiar cuentas de juego, premios y depósitos. Así, el gobierno enmarca esta decisión en la necesidad de garantizar la protección del usuario frente a eventuales crisis empresariales o tecnológicas. La norma también obliga a los operadores a elaborar un manual de prevención del fraude que describa de forma detallada los procedimientos internos para detectar y mitigar irregularidades.

El texto añade un marco jurídico específico para proveedores tecnológicos, desde plataformas hasta software y agregadores. De esta forma, crea el Registro de Proveedores de Juego, en el que deberán inscribirse todas las empresas que presten servicios a operadores con licencia en España. Esta inscripción será condición indispensable para homologar componentes del sistema técnico que dependan de terceros. También se introduce una infracción grave para quienes ofrezcan estos servicios sin título habilitante.

El dictamen prevé un régimen transitorio de seis meses para que jugadores y operadores se adapten a las nuevas obligaciones técnicas y de verificación. Durante ese período, los usuarios podrán seguir jugando y depositando fondos, pero no podrán retirar premios hasta acreditar la titularidad de sus medios de pago. Si no lo hacen en plazo, el operador deberá resolver el contrato, notificarlo a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) y devolver los saldos pendientes.

Finalmente, el dictamen detalla que el Gobierno queda habilitado para definir por vía reglamentaria los límites, condiciones y modalidades de publicidad, patrocinios y promociones. Esto incluye desde la posibilidad de restringir la aparición de figuras de relevancia pública —definidas jurídicamente como “aquellos sujetos con amplio reconocimiento social o dentro de colectivos concretos”— hasta regular la presencia de carteles publicitarios en espacios donde se celebren eventos objeto de apuestas. El texto remarca que esta habilitación no supone una aprobación automática, sino un marco para que la Administración pueda avanzar en regulaciones más detalladas.

Loyra analiza otras dos disposiciones

Semanas atrás, Loyra Abogados compartió una actualización sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que avaló parte de las restricciones territoriales impuestas por la Generalitat Valenciana.

Además, revisó la propuesta regulatoria del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que pretende establecer nuevos límites de la publicidad, las promociones y hasta los contenidos digitales vinculados al azar. Así, los proyectos buscan revisar las libertades de las “loot boxes” de los videojuegos hasta las franjas inferiores de los anuncios.

En este sentido, Loyra repasó el nuevo proyecto de resolución impulsado por la DGOJ, actualmente en fase de audiencia pública, que obligará a todos los operadores a incluir advertencias explícitas sobre los riesgos del juego problemático en cualquier comunicación comercial.