La Justicia falla contra un operador de tragamonedas en Chile

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La Corte de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad deducido en contra de la Municipalidad de Pudahuel por un operador de máquinas de juego.

El reclamante cuestionó la legalidad de la decisión del municipio -situado en las afueras de Santiago- de no cobrarle el pago correspondiente a la renovación de sus patentes comerciales para operar tragamonedas en Chile.

Desde el Gobierno explicaron que existía la duda sobre la naturaleza de las máquinas (si eran de azar o destreza), por lo que congelaron los permisos del empresario. Ante ello, recurrió a la Justicia por la presunta infracción de las autoridades de los principios de legalidad y juridicidad de los Órganos de la Administración del Estado consagrados en los artículos 6° y 7° de la Constitución, y las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19, N°21 y 24.

Sin embargo, el mencionado tribunal desestimó el recurso debido a que la Contraloría General de la República (CGR), a través de sus dictámenes, deja claro que, al momento de solicitar la renovación de una patente comercial del giro en comento, el contribuyente debe demostrar el cumplimiento de todas las exigencias previstas para su obtención, siendo tarea del municipio verificar ese cumplimiento.

En esa línea, citó la Circular N° 83 de la CGR, que le da al Municipio la facultad de consultar a la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) -responsable de regular y controlar las tragamonedas en Chile- sobre si la máquina de juego es de azar o no.

“La Municipalidad de Pudahuel ejerció la prerrogativa que le reconoce esta Circular ante la duda que le surgió en relación a la naturaleza de las máquinas operadas por el contribuyente”, reza el fallo, recogido por Diario Constitucional.

“En efecto, desprende de los antecedentes recabados, que el actuar del órgano municipal encuentra sustento en la ley y demás normas reglamentarias aplicables, de manera que el reclamo deducido no puede prosperar, ya que, para su éxito se debe constatar una contravención de rango legal, cuestión que no ha ocurrido”, resolvió la Corte de Santiago contra el operador de máquinas tragamonedas.