Uruguay advierte sobre la publicidad del juego ilegal

Uruguay advierte sobre la publicidad del juego ilegal.
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La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas (DNLQ) de Uruguay informó que la Ley 19.535 en sus artículos 244 y 245, junto con el Decreto 366/017, prohíben no solo la explotación de juegos de azar y apuestas online no autorizadas, sino también toda publicidad relacionada con estos servicios cuando no cuenten con autorización de la entidad gubernamental.

La publicidad no se limita al acto de ofrecer el juego, sino que alcanza a cualquier comunicación publicitaria que tenga como destino el territorio nacional, incluso si se origina en el exterior, quedando incluida toda forma de contenido multimedia por internet, TV por cable, radios o televisión.

Esta medida se vincula con el objetivo de evitar la promoción y el acceso a plataformas ilegales desde Uruguay. Por esta razón, desde el ente regulador se está exhortando a los medios de comunicación a tener en cuenta la normativa vigente al momento de establecer su pauta publicitaria.

Uruguay refuerza el control sobre juego online ilegal

La DNLQ emitió un comunicado oficial, hace un mes, en el que recuerda que está prohibida la prestación de servicios de juegos de azar o apuestas online que no cuenten con autorización estatal. Esta disposición se enmarca en la normativa vigente y busca proteger a la ciudadanía frente a riesgos legales, financieros y de seguridad digital.

La entidad expresó que solo se consideran juegos autorizados aquellos habilitados expresamente por el Estado, operados por empresas concesionadas y comercializados mediante canales debidamente aprobados. La participación en plataformas no autorizadas puede implicar sanciones y consecuencias legales para los usuarios.

Asimismo, se advierte a los medios de comunicación, agencias publicitarias y organizadores de eventos que toda forma de promoción, patrocinio o publicidad de juegos no autorizados está prohibida en territorio uruguayo. Esta restricción incluye anuncios en medios digitales, correos electrónicos, cartelería en espacios públicos y actividades deportivas.

La normativa (Ley N.º 19.535 y Decreto N.º 366/017) faculta al Poder Ejecutivo a bloquear sitios web, flujos financieros y comunicaciones comerciales vinculadas a juegos ilegales. Las infracciones pueden derivar en multas que oscilan entre 10 mil y 20 millones de unidades indexadas, según la gravedad y los antecedentes del infractor.