Uruguay refuerza el control sobre apuestas online ilegales

Uruguay refuerza el control sobre apuestas online ilegales.
Créditos: Shutterstock.

La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas (DNLQ) de Uruguay emitió un comunicado oficial en el que recuerda que está prohibida la prestación de servicios de juegos de azar o apuestas online que no cuenten con autorización estatal. Esta disposición se enmarca en la normativa vigente y busca proteger a la ciudadanía frente a riesgos legales, financieros y de seguridad digital.

La entidad expresó que solo se consideran juegos autorizados aquellos habilitados expresamente por el Estado, operados por empresas concesionadas y comercializados mediante canales debidamente aprobados. La participación en plataformas no autorizadas puede implicar sanciones y consecuencias legales para los usuarios.

Asimismo, se advierte a los medios de comunicación, agencias publicitarias y organizadores de eventos que toda forma de promoción, patrocinio o publicidad de juegos no autorizados está prohibida en territorio uruguayo. Esta restricción incluye anuncios en medios digitales, correos electrónicos, cartelería en espacios públicos y actividades deportivas.

La normativa (Ley N.º 19.535 y Decreto N.º 366/017) faculta al Poder Ejecutivo a bloquear sitios web, flujos financieros y comunicaciones comerciales vinculadas a juegos ilegales. Las infracciones pueden derivar en multas que oscilan entre 10 mil y 20 millones de unidades indexadas, según la gravedad y los antecedentes del infractor.

Uruguay establece un nuevo impuesto a las apuestas

Yamandú Orsi, presidente de la República de Uruguay, emitió un decreto en el que establece un impuesto a las apuestas, sea a través de “máquinas electrónicas de juegos de azar o de apuestas automáticas de resolución inmediata”.

La legislación, que también está firmada por Gabriel Oddone, ministro de Economía y Finanzas, expresa que es “conveniente estructurar las normas reglamentarias para la liquidación” de este tributo. De esta manera, se entiende al hecho generador del impuesto como cada apuesta en dinero, sin importar el medio en que se lleve a cabo (es decir sea en forma de fichas, monedas, billetes, dinero electrónico “u otros instrumentos similares que permitan materializarla”).

La norma establece que cada establecimiento que “explote el juego” en las modalidades referidas anteriormente deberá trasladar a la Dirección General Impositiva (DGI) el monto establecido para el impuesto. Al respecto, se fijó en 0,75 por ciento del total de la apuesta como la tasa del tributo a pagar.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) designó que la apuesta será “la suma en dinero originalmente arriesgada por el apostador, sin considerar las sucesivas ganancias que se generan a lo largo del ciclo del juego”. Será, pues, la DGI quien administre este impuesto y será el organismo quien liquide el tributo “en los términos y condiciones que establezca”.

El 15 de septiembre, SBC organizará un evento benéfico de fútbol en Lisboa. ¡No te pierdas la oportunidad de ver a algunos de los nombres más legendarios del fútbol, reserva tu boleto hoy mismo!

https://www.legendscharitygame.com