Conajzar fija un plazo hasta el 27 de enero para que se retiren las slots de comercios que no sean casinos

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La Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) de Paraguay dictaminó la entrada en vigor de la ley que prohíbe la instalación de máquinas tragamonedas en establecimientos comerciales de libre concurrencia y que no se dedican al juego y las apuestas, por lo que estableció un plazo hasta el 27 de enero para que se efectúe la medida.

El plazo ha sido informado a todas las municipalidades del país sudamericano para que retiren las máquinas tragamonedas “instaladas en espacios públicos y accesibles para los menores de edad”. 

Por el momento, la autoridad del juego paraguaya informó que la ciudad de Encarnación ha sido un ejemplo de “éxito” de la medida, ya que han registrado previamente todas las slots para luego sacarlas de circulación, aunque todavía no han presentado los datos oficiales a la Conajzar, que espera recibirlos la próxima semana.

Por su parte, Wilian Amarilla, abogado y asesor jurídico de la Municipalidad de Encarnación, confirmó a la prensa local que “aquellas máquinas que no cumplan con los requisitos serán incautadas e incluso destruidas”. Además, estarán recibiendo denuncias de los ciudadanos en caso de que haya más centros no detectados que ofrezcan estos servicios.

La prohibición de slots en Paraguay

Los últimos días de 2023, el presidente de Paraguay Santiago Peña promulgó el Decreto N°938, a través del cual ha quedado reglamentada la Ley N° 6903/2022, para prohibir la instalación de máquinas tragamonedas en cualquier comercio del país que no sea un casino con licencia.

La medida fue celebrada por los representantes de la industria regulada de Paraguay, que consideraban estas ofertas como potenciales disparadores de comportamientos de juego problemático, además de argumentaban que los menores de edad podían llegar a quedar expuestos a estos juegos.

“Hoy se ha normalizado que un niño se encuentre jugando en una máquina electrónica tragamonedas en un comercio, para nadie resultó ser grave, se ha normalizado esta situación”, explicó la representante de Asociación de Operadores de Juegos de Azar (Apoja), Lorena Rojas.

Y continuó: “Celebramos la decisión del presidente de la Conajzar de llevar adelante esta reglamentación, hemos tenido audiencia pública en Conajzar con empresarios y valoramos que el sector privado sea escuchado”.

Según establece el decreto, la ley estipula específicamente la prohibición de operación de slots “en sitios no exclusivos de juegos de azar, tales como bares, bodegas, despensas y otros”. Esta medida se encuentra vigente con la Ley N° 1016/97 del Régimen de Juegos de Azar, y ahora se reglamenta medidas de control y monitoreo de la recaudación de las máquinas en comercios habilitados por los municipios, junto con las sanciones por incumplimiento.