Ecuador aprueba el reglamento para que los clubes de fútbol se transformen en SAD

Ecuador aprueba el reglamento para que los clubes de fútbol se transformen en SAD.
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La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros expidió el reglamento para que los clubes de fútbol profesionales de Ecuador puedan transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD).

El reglamento establece que la principal decisión para llevar a cabo este cambio en un club debe ser primero en una asamblea general, conforme a lo previsto en su estatuto fundacional, donde se explica que requiere el voto favorable de las dos terceras partes de sus asociados.

Posterior a eso, se deberá realizar una auditoría. Para transformarse en una SAD, lo primero que se debe saber es cuáles son los haberes y cuáles son las deudas que tiene cada club, ya que los ahora accionistas van a tener que asumir tanto los derechos como las obligaciones que el club tenga pendiente.

Una vez aprobada la transformación, empezará el proceso, que puede durar entre 30 y 60 días y que consiste en prestar algunos requisitos, entre ellos la auditoría, la aprobación de la asamblea de socios, una reforma estatutaria, entre otras cosas.

La aplicación de las SAD es una nueva modalidad de financiarse y de administrarse, eso no significa que todos deban pasar a serlo, sino que los clubes que decidan voluntariamente podrán hacerlo, cumpliendo los requisitos de la ley y el reglamento.

En ese contexto, la norma no solo puede ser aplicada para los equipos de fútbol, sino que también podrá transformar clubes formativos, los de alto rendimiento o los dedicados a la práctica del deporte profesional.

El nuevo modelo de las SAD

La nueva resolución también permitirá que los equipos pasen de tener presidentes a dueños. Los equipos dejan de ser entidades jurídicas sin fines de lucro y pasarán a tener ingresos. Los socios, dependiendo de su inversión, ahora serán accionistas y podrán recibir dinero, algo que antes no hacían.

Ahora los integrantes de un equipo, de acuerdo a su disponibilidad económica, podrán invertir y convertirse en accionistas, mientras que las inyecciones de dinero pueden ser nacionales e internacionales.

El patrimonio con el que va a iniciar la SAD es con el que el club ya cuenta (Créditos: Shutterstock).

Sin embargo, la ley de compañías exige que, cuando sean extranjeros, tienen que estar legalmente residiendo en el país, con algún tipo de visa, sea profesional, deportiva o laboral.

Por otro lado, el patrimonio con el que va a iniciar la compañía es con el que el club ya cuenta, el que no se puede repartir entre los socios, aunque se puede vender, siempre y cuando todos los accionistas estén de acuerdo.

El reglamento también prohíbe explícitamente que una persona natural o jurídica posea acciones en más de una SAD dentro de la misma disciplina.