La SMA explica el fallo de la Justicia contra el Casino de Viña del Mar

Fallo contra Casino de Viña del Mar
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El pasado 28 de octubre surgió la noticia de que la Corte de Apelaciones de Valparaíso le ordenó al Casino de Viña del Mar apagar todas sus pantallas durante la medianoche. Esto, después de lo que fue la utilización del recurso de protección interpuesto por un vecino de la región.

Por este motivo, el establecimiento se vio obligado a apagar todas sus pantallas lumínicas entre la medianoche y las siete de la mañana. Y ahora, quien explicó esta situación fue Igor Valdebenito, jefe del Departamento de Ruido, Lumínica y Olores de la Subsecretaría de Medio Ambiente (SMA).

En una entrevista con Expreso Bío Bío, la autoridad del departamento reveló detalles sobre la llamativa situación. Y confirmó que la norma “existía desde el año 1990 en el norte del país”, pero a su vez, “entró en vigencia el año pasado, el 19 de octubre”.

Y agregó: “Tiene exigencias para el alumbrado público, el alumbrado deportivo, pero tiene unas restricciones especiales para las pantallas publicitarias: regular el brillo, que no sean tan brillantes, y la otra es la restricción horaria, se deben apagar a las 12 de la noche hasta las 7 de la mañana, independiente de donde estén ubicadas”.

Por otro lado, Valdebenito habló sobre el incremento de este tipo de denuncias desde la existencia de la norma. Y aseguró que, si bien hubo un aumento, no fue tan significativo: “Siempre cuando aparece una norma nueva hay un peak de las denuncias; sí ha habido sobre pantallas publicitarias, pero no tanto”.

El fallo de la Justicia sobre el Casino de Viña del Mar

La Corte de Apelaciones de Valparaíso le ordenó al Casino del Mar apagar sus pantallas lumínicas entre la medianoche y las siete de la mañana, tras acoger un recurso de protección presentado por un vecino que denunció afectación a su integridad física y psíquica, y a su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación lumínica. 

Ante esto, el tribunal consideró que el actuar de la empresa fue ilegal, al vulnerar las normas vigentes sobre emisión de luz y perturbar el descanso de los residentes del sector.

Así fue el fallo: “En cuanto a la supuesta falta de legitimación activa del recurrente se debe señalar que, si bien se denuncia una situación que por sus características corresponde a una acción colectiva, puesto que es evidente que afecta a los vecinos de por lo menos los tres edificios que enfrentan la fachada principal de Casino del Mar, lo cierto es que alega una vulneración de sus derechos constitucionales. En efecto, el primero de ellos, vale decir, integridad física y psíquica, es de carácter personalísimo, y el segundo, ha sido denunciado como el derecho del recurrente en específico a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Así las cosas, esta alegación también deberá ser desestimada”.