El ministro Flávio Dino, del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil, negó la solicitud de medida cautelar presentada por la Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) para suspender el Decreto N° 49.279/2026 del gobierno de Minas Gerais, el cual restringió la publicidad de apuestas en el estado.
Con esta decisión, continúan vigentes las restricciones a la publicidad y al patrocinio de empresas de apuestas en bienes públicos estatales y en eventos promovidos o apoyados por el gobierno de Minas Gerais.
La decisión se produce semanas después de que la ANJL presentara la Acción Directa de Inconstitucionalidad (ADI) 8.014, según informó en su momento SBC Noticias Brasil. La asociación argumentó que el gobierno mineiro habría invadido una competencia legislativa exclusiva de la Unión y violado el principio de legalidad al establecer las restricciones mediante un decreto.
Sin embargo, Dino consideró en un análisis preliminar que no existen elementos suficientes para descartar la presunción de constitucionalidad del decreto. El magistrado entendió que la medida no crea una prohibición general a la publicidad de empresas de apuestas en Minas Gerais ni impide el funcionamiento de los operadores en el estado. Las restricciones están circunscritas a bienes, estructuras y recursos públicos estatales.
La decisión se refiere a la solicitud de medida cautelar y no pone fin al juicio de la ADI. El STF aún deberá analizar el fondo de la acción presentada por la ANJL.

Flávio Dino cita la autonomía de Minas Gerais sobre bienes y recursos estatales
Al analizar el argumento de que Minas Gerais habría avanzado sobre una competencia reservada a la Unión, Dino afirmó que el decreto está respaldado, en principio, por la autonomía del estado para determinar el uso de sus propios bienes y recursos.
Según el ministro, admitir que solo la Unión pudiera regular el uso de los bienes estatales en este contexto afectaría la propia capacidad de autogobierno de Minas Gerais. El decreto prohíbe la publicidad, la propaganda, la promoción comercial y el patrocinio por parte de operadores de apuestas en bienes públicos estatales y en eventos promovidos o apoyados por el Ejecutivo, además de impedir el uso de recursos públicos para financiar estas acciones.
Dino también rechazó el argumento de que las restricciones debieran establecerse necesariamente mediante una ley aprobada por la Asamblea Legislativa de Minas Gerais.
Para el juez ponente, las decisiones relacionadas con la gestión de los bienes estatales y la ejecución de determinados gastos se enmarcan en la denominada «reserva de administración», principio según el cual ciertas atribuciones de gestión y organización corresponden al Poder Ejecutivo. En su fallo, Dino citó precedentes del propio STF sobre la autonomía del Ejecutivo en la administración del patrimonio público.
El ministro añadió que las empresas privadas no poseen un derecho adquirido a recibir patrocinio o apoyo financiero del gobierno estatal. Aunque las compañías sigan siendo libres para operar dentro de las exigencias legales, Dino destacó que el Ejecutivo también dispone de discrecionalidad para definir las prioridades de gasto y el uso de recursos públicos.
Dino también mencionó la protección al consumidor, la salud pública, la seguridad pública y la preservación de los ingresos familiares entre los valores constitucionales que pueden justificar la actuación estatal, recurriendo asimismo a información recopilada por las comisiones parlamentarias de investigación (CPI) de los Bingos y de las Apuestas (Bets).
Aunque la decisión no es definitiva, representa una derrota para la ANJL que también intenta anular la ley que restringió la publicidad de apuestas en Río Grande del Sur.
En contacto con el equipo periodístico de SBC Noticias Brasil, la ANJL afirmó que respeta la decisión unipersonal de Dino, pero cuestionó el criterio del ministro. La asociación también solicita que la acción sea resuelta por el pleno del STF. A continuación, se puede leer la declaración íntegra:
“La Asociación Nacional de Juegos y Loterías (ANJL) respeta la decisión unipersonal del ministro Flávio Dino de negar la solicitud de medida cautelar para suspender el decreto de Minas Gerais que prohíbe la publicidad de apuestas. Sin embargo, la entidad considera que el criterio del ministro fue equivocado, principalmente en lo que respecta a los argumentos utilizados en la decisión, los cuales en su gran mayoría están relacionados con el mercado ilegal de apuestas. Además de contravenir directamente lo dispuesto por la legislación federal sobre las apuestas de cuota fija, el decreto mineiro genera además una asimetría en territorio nacional en materias de competencia exclusiva de la Unión, como son la publicidad y la legislación sobre loterías. Por lo tanto, la ANJL anuncia que apelará la decisión mediante un recurso de agravio interno (agravo regimental), con el fin de que la acción sea resuelta por el pleno del Supremo Tribunal Federal”.






























