La Cámara de Diputados de República Dominicana aprobó ayer el proyecto de ley que regula los juegos de azar en el país. La legislación, impulsada por los senadores Pedro Catrain y Félix Bautista, fue objeto de varias modificaciones por parte de los legisladores, por lo que deberá regresar al Senado, donde había sido aprobada previamente.
El proyecto tiene por objeto establecer las normas que regulen la autorización, fiscalización y supervisión de las personas físicas o jurídicas que desarrollen, operen o comercialicen actividades relacionadas con todo tipo de juegos de azar y apuestas en el territorio dominicano.
Además, contempla la organización y funcionamiento de estas actividades, y la eficiente recaudación de las tasas y tributos derivados del juego y las apuestas.
Por otro lado, busca establecer los deberes, derechos y obligaciones de los operadores de las distintas modalidades del juego y las apuestas, ya sea de manera física o a través de canales electrónicos, informáticos, telemáticos, virtuales o interactivos; así como proteger los derechos de los usuarios.
También propone establecer un régimen de autorización de licencias y de obligaciones de los operadores de juegos de azar y de apuestas en sus distintas modalidades; prevenir y sancionar los comportamientos fraudulentos y las actividades de lavado de activos en que puedan incurrir los distintos actores que convergen en el sector.
Qué establece el proyecto de ley para regular el juego
La legislación será aplicable para todas las personas físicas y jurídicas que desarrollen, operen o comercialicen actividades del juego y las apuestas, ya sea a través de locales o establecimientos instalados en el territorio o mediante medios electrónicos, virtuales o servidos a través de dispositivos tecnológicos, debidamente autorizados en la forma prevista en la ley; además de todas aquellas actividades de apoyo tecnológico, logístico, de fabricación y de cualquier otra naturaleza vinculadas a la industria.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley los juegos o competiciones de puro ocio, pasatiempo o recreo que constituyan usos sociales, siempre que estos no produzcan transferencias económicamente evaluables y cuando ello no constituya un beneficio económico directo o indirecto para el promotor o los operadores, o no busque ningún fin lucrativo.
Además, el proyecto establece que, a partir de la publicación del registro de licenciatarios, durante un período de diez años, no se otorgarán nuevas licencias para la instalación de los establecimientos de juegos de azar.

Sin embargo, se exceptúan de la disposición los casinos ubicados en hoteles y en lugares turísticos.
En las motivaciones, el texto legal expresa que el ordenamiento jurídico de los juegos de azar en la República Dominicana requiere una adecuación a la realidad actual y la consolidación de las diversas leyes, decretos y resoluciones dispersas que rigen el sector, a fin de procurar una supervisión y control más eficiente por parte del Estado.
Adicionalmente, se prohíbe la instalación de establecimientos de juegos de azar, en cualquiera de sus modalidades, dentro de un radio o distancia inferior a los quinientos metros lineales de los siguientes lugares escuelas, universidades, cuarteles policiales o militares, centro de atención para la discapacidad, centros de salud y sedes principales de los poderes del Estado.
Según el proyecto, la distancia mínima entre bancas deportivas será de quinientos metros lineales a la redonda.



























