En la provincia argentina de Chaco, se presentó un proyecto de ley para impedir que las personas inscriptas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (ReDAM) ingresen a casinos, bingos y todo tipo de establecimientos de juegos de azar. La propuesta fue presentada el pasado 28 de octubre y busca modificar la ley N° 1083, a la cual pertenece el registro.
El proyecto, identificado bajo el número 2640/2026, tiene como autores a diputados del bloque Frente Chaqueño. Además de prohibir el acceso de los deudores a los lugares de juego físico, la iniciativa también busca imponer restricciones para apostar en los sitios de apuestas online regulados en la provincia.

Chaco: presentan proyecto de ley para prohibir que deudores alimentarios apuesten
La propuesta especifica los diferentes controles que se deberán aplicar sobre los deudores alimentarios que pretendan ingresar a establecimientos de juego físico en Chaco. En este caso, los locales deberán implementar mecanismos de identificación y verificación previos al ingreso de los jugadores. Y, si se detecta a una persona incluida en el registro, se le deberá denegar la entrada o suspender la posibilidad de realizar nuevas operaciones.
Para las plataformas de juego online, se deberá utilizar un esquema similar. La propuesta establece el uso de herramientas tecnológicas que posibiliten la consulta automatizada y segura de la situación registral del usuario antes de que ingrese al sitio. En caso de que se encuentre inscripto, la medida prevé impedirle realizar nuevas operaciones, prohibirle la apertura de cuentas e informar los incumplimientos a la autoridad de aplicación.
A su vez, el Poder Ejecutivo, en coordinación con Lotería Chaqueña, será el encargado de instrumentar los mecanismos tecnológicos necesarios para permitir la consulta automatizada de la situación registral en las plataformas virtuales. Asimismo, el organismo regulador tendrá la responsabilidad de sancionar las infracciones civiles o penales según corresponda.
En el texto presentado, los diputados señalan que la obligación alimentaria tiene como finalidad “garantizar las condiciones materiales necesarias para el desarrollo de quienes se encuentran en etapa de crecimiento”. Esto no abarca únicamente la alimentación, sino también la vivienda, la vestimenta, la asistencia médica, la educación y otras necesidades básicas.
Por último, al fundamentar la decisión de poner el foco en el sector de las apuestas, la propuesta remarca: “La expansión de las plataformas digitales de juegos de azar y apuestas plantea un nuevo escenario que requiere respuestas legislativas adecuadas a las transformaciones sociales y tecnológicas (…). Resulta razonable que los incluidos en el Registro no puedan abrir ni mantener operativas cuentas destinadas a realizar apuestas mientras persista su situación de morosidad”.





























