Las agencias de lotería de la provincia de Buenos Aires obtienen el permiso para reabrir sus puertas

Los agencieros de las loterías de la provincia de Buenos Aires han sido habilitados para reabrir sus negocios. De acuerdo a la Decisión Administrativa 919/2020, que fue publicada en el Boletín Oficial de la Argentina esta mañana (viernes 29), el Gobierno dispuso que el personal de las agencias oficiales ha sido exceptuado del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular.

Las agencias habían recibido a mediados de mayo el permiso para poder reanudar sus operaciones, pero horas después de abrir sus puertas, los intendentes exigieron el cierre por la concentración de personas en distintas partes de la provincia.

El Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia (IPLyC) dijo que el Gobierno provincial había decidido postergar la reapertura de las agencias “hasta nuevo aviso” y “por razones sanitarias y operativas”.

Sin embargo, el nuevo decreto establece que las loterías pueden funcionar “conforme el protocolo aprobado por la autoridad sanitaria nacional”. Además, exige que los empleados y empleadores garanticen las condiciones de “higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”.

Esta excepción podrá quedar sin efecto bajo una decisión del gobernador Axel Kicillof, en relación a la evolución del COVID-19 en la jurisdicción, que es la más afectada en el país.

Asimismo, las personas autorizadas para desarrollar la actividad deberán tramitar un Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid-19, por lo que no podrán usar el transporte público en medio de la cuarentena, y deberán encontrar un medio personal para poder llegar a las agencias.

“En forma semanal, la autoridad sanitaria provincial, deberá remitir al Ministerio de Salud nacional un “Informe de Seguimiento Epidemiológico y Sanitario COVID-19” (ISES COVID-19) que deberá contener toda la información que este les requiera para evaluar la trayectoria de la enfermedad y la capacidad del sistema sanitario para atender a la población. Si la autoridad provincial detectare un signo de alerta epidemiológico o sanitario, deberá comunicarlo de inmediato a la autoridad sanitaria nacional”, dispone el decreto.